1. INTRODUCCIÓN Y OBJETO
INVA REGULATORY & ADMINISTRATIVE SERVICES S.L.P. (en adelante, “INVA”, la “Compañía” o la “Organización”) dispone de un Canal Interno de Información (el “Canal”), que se configura como un pilar fundamental de la cultura de cumplimiento de la Compañía. Con la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, INVA ha creado un Canal con la finalidad de fortalecer tanto la cultura de información como el sistema de integridad implantado en la Organización.
A través del Canal, cualquier persona vinculada a la actividad de INVA podrá comunicar aquellas conductas que puedan resultar contrarias a la normativa interna de la Organización o a la legislación vigente cuando estas constituyan una infracción administrativa grave o muy grave, resulten sospechosas de un ilícito penal, supongan una infracción del derecho laboral en materia de seguridad y salud, o pudieran constituir infracciones del derecho de la Unión Europea con relación a sus intereses financieros o que incidan en el mercado interior, siempre que las anteriores fueran realizadas por miembros de la Organización.
Las informaciones podrán trasladarse por escrito o de modo verbal. INVA integra en el presente Canal todos los canales de comunicación existentes hasta la fecha y su Órgano de Gobierno ha designado a un órgano colegiado como Responsable del Canal Interno de Información.
Dentro del Canal, su gestión se realizará por el Responsable del Canal designado a través de la herramienta tecnológica suministrada por un tercero externo. El procedimiento que seguirá la tramitación de las comunicaciones se encuentra establecido en el Procedimiento de Gestión de las Informaciones, exponiéndose a continuación las garantías y principios que se aplicarán tanto en la recepción y gestión de informaciones como en el procedimiento de investigación.
2. GARANTÍAS DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
- Confidencialidad: cualquier información será tratada con la máxima confidencialidad y respetará, en todo caso, la legislación y normativa en materia de protección de datos.
- Anonimato: el Canal Interno de Información atiende comunicaciones anónimas.
- Independencia y autonomía: el Responsable del Canal designado por el Órgano de Gobierno de la Compañía es autónomo e independiente para la gestión.
- Conflictos de intereses: el Canal establece mecanismos para evitar los conflictos de intereses en la gestión e investigación de las comunicaciones recibidas.
- Protección ante represalias: INVA protegerá de cualquier represalia a los informantes que de buena fe comuniquen incumplimientos.
- Derechos de defensa y presunción de inocencia: INVA garantiza el derecho de defensa y la presunción de inocencia de las personas afectadas.
- Celeridad: se garantiza la gestión diligente de las comunicaciones evitando dilaciones injustificadas.
3. PRINCIPIOS ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN
- Envío de acuse de recibo al informante en un plazo máximo de siete (7) días naturales, salvo que comprometa la confidencialidad de la comunicación.
- La investigación se realizará en un plazo no superior a tres (3) meses desde la recepción de la comunicación, prorrogable excepcionalmente por otros tres (3) meses.
- Se mantendrá comunicación con el informante y, de ser necesario, se solicitará información adicional.
- La persona afectada será informada de las acciones u omisiones que se le atribuyen y tendrá derecho a ser oída.
- Cuando los hechos revelen indicios de delito, se remitirá la información al Ministerio Fiscal.
4. CANALES EXTERNOS DE INFORMACIÓN
Se informa a los usuarios de la existencia de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, dependiente del Ministerio de Justicia, competente para la recepción y tramitación de comunicaciones relativas a infracciones previstas en la Ley 2/2023 que tengan efectos en todo el territorio español.
5. POLÍTICA DE PRIVACIDAD
INVA está comprometida con la privacidad y la seguridad de los datos personales, utilizándolos de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la normativa aplicable.
Identificación del Responsable del Tratamiento
INVA REGULATORY & ADMINISTRATIVE SERVICES, S.L.P., CIF: B88027016, domicilio: C/ Lagasca, 135 – Pta. calle, Madrid 28006. Correo electrónico: administracion@invabpo.com.
Datos Personales Recabados
El Canal puede utilizarse sin proporcionar datos personales; no obstante, el usuario podrá facilitar voluntariamente datos identificativos. INVA no solicitará categorías especiales de datos y eliminará aquellos proporcionados por error o que no sean relevantes para la investigación.
Finalidad y Base Jurídica
Los datos se tratarán para analizar e investigar los hechos comunicados. El tratamiento se legitima en el cumplimiento de obligaciones legales (art. 6.1.c RGPD) y, en su caso, por razones de interés público esencial (art. 9.2.g RGPD).
Seguridad de los Datos
INVA aplica medidas técnicas y organizativas para garantizar la confidencialidad e integridad de los datos.
Conservación de los Datos
Los datos se conservarán únicamente durante el tiempo estrictamente necesario para decidir sobre la investigación y, en todo caso, por un máximo de diez (10) años.
Derechos de Protección de Datos
Los usuarios pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento en los términos previstos por la normativa, dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos (administracion@invabpo.com).